El divorcio transfronterizo: jurisdicción y procedimientos

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Estudio de caso

 


Marilyn (M) y Jack (J) son españoles y contrajeron matrimonio en España. Llevan 12 años casados. Blossom (B) es su única hija, tiene 10 años y tiene nacionalidad española. La familia se mudó a los Países Bajos hace 2 años porque Jack trabaja allí. Blossom asiste a una escuela anglófona y ha hecho amigos en los Países Bajos. Los familiares de Marilyn y Jack viven en España; les visitan periódicamente cuando Blossom tiene vacaciones escolares.

El matrimonio de Jack y Marilyn se ha roto. Marilyn ha iniciado un proceso de divorcio en España y tiene previsto volver a vivir a España. Jack quiere quedarse en los Países Bajos, donde se encuentra su trabajo. Tanto Marilyn como Jack quieren la custodia de Blossom.

  • ¿Qué órgano jurisdiccional debe tomar la decisión acerca del futuro de B?
  • Si se dicta una resolución y M y J acaban viviendo en países distintos, ¿qué efecto tendrán esas disposiciones en ambos países?

La primera cuestión es la competencia. ¿Qué órgano jurisdiccional está facultado para conocer del litigio sobre el bienestar de Blossom y dictar órdenes relativas a la custodia y las visitas?